



COMISIONES
Comisión Técnica
Comisión de Juzgamiento
Son funciones generales de las Comisiones Técnicas para Cheer y para Cheer Performance las siguientes:
A.- Elaborar anualmente el calendario de actividades y eventos de la Federación y presentárselo al órgano de administración.
B.- Proponer, estudiar y acordar los sistemas más convenientes para la preparación de selecciones, preselecciones y reglamentación de campeonatos
C.- Elaborar estadísticas sobre el número de deportistas, registrados en la Federación.
D.- Inspeccionar los sitios e implementos a utilizar en competencias o campeonatos nacionales, departamentales, locales, para verificar que se cumplan las condiciones y requisitos exigidos.
E. Las demás que el órgano de administración colegiado le señale.
EMPRESAS
AVALADAS
Son funciones generales de la Comisiones de Juzgamiento para Cheer y para Cheer Performance las siguientes:
A.- Ejecución y supervisión de arbitrajes y cronometrajes de los campeonatos oficiales efectuados por la Federación.
B.- Promoción y realización de seminarios, conferencias y publicaciones, destinados a divulgar los reglamentos y técnicas del deporte del Porrismo.
C.- Las demás que el órgano de administración colegiado le señale.

Comisión Médica Científica
Comité Disciplinario
Son funciones generales de la Comisión Médica Nacional las siguientes:
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Asesorar al órgano de administración sobe todo lo relacionado con medicina, la fisiología y la higiene en el seno de la Federación.
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Sugerir al órgano de administración cualquier medida susceptible de mejorar el estado de salud de los deportistas y garantizar su integridad física.
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Formular propuesta de reglamentación, directivas o instrucciones relacionadas con el ámbito medico, especialmente con el dopaje.
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Asesorar al órgano de administración en la conformación, integración, estructuración y funcionamiento del departamento medico de selecciones.
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Las demás que corresponden a la naturaleza de sus funciones.
La Comisión Disciplinaria de La Federación, por solicitud de COLDEPORTES, deberá suspender o retirar del cargo a los miembros de La Federación, cuando se establezca la violación grave de las normas legales, estatutarias o reglamentarias que la rigen, adelantando el correspondiente procedimiento con el fin de garantizar el debido proceso.